domingo, 31 de marzo de 2013

PRUEBA nº 6: JAIME I ORDENÓ EDITAR LOS FUEROS EN LA LENGUA PLANA VALENCIANA PARA CONOCIMIENTO DEL PUEBLO.



PRUEBA nº 6: JAIME I ORDENÓ EDITAR LOS FUEROS EN LA LENGUA PLANA VALENCIANA PARA CONOCIMIENTO DEL PUEBLO

por Juan García Sentandreu

¿Cuántas veces hemos oído decir que los valencianos hablamos catalán porque en 1238, cuando Jaime I conquistó el Reino moro de Valencia nos trajo el catalán a través de sus huestes catalanas que colonizaron nuestro territorio?       

Para defender la independencia y originalidad del valenciano es muy importante retener estos conceptos básicos:

- La presencia de las tribus íberas en tierras valencianas, desde el neolítico hasta la llegada del latín, aporta una fonética propia y diferenciada que será asumida primero por el latín y luego por

el Romance Valenciano. Esta fonética de raíz íbera es básica para diferenciarnos del catalán. Podremos tener muchas palabras parecidas –ambas provienen del latín- pero la fonética (los sonidos de la lengua) valenciana proviene del íbero cosa que no ocurre con el catalán. El filólogo castellonenese Josep Maria Guinot i Galán afirmó que la “existencia de un sustrato iberico debe ser considera com un primer factor de diferenciación (cultural i llinguistic) entre Valencia y Catalunña oriental”.

- Aunque sí perdurará la fonética, el proceso de romanización de la lengua ibera en Valencia va desde su fundación en el siglo II antes de Cristo hasta el siglo II después de Cristo. Los valencianos de entonces ya éramos bilingües porque la romanización no fue una ruptura con el íbero valenciano sino que este se mantuvo durante cuatro siglos hasta que se fundió definitivamente con el latín para formar el “romancium”. El filólogo de la Real Academia Española de la Lengua, Luis Fullana, escribió que “d´eixa mateixa llengua romana,  o romà vulgar – d´eixe tronc, la llengua llatina, reconeguda baix el nom de Romancium, romanç, brollaren corpulents arbres en Galicia, Portugal, Castella, Aragó, Catalunya, Valencia i Mallorca, els quals gracies al incensant cultiu dels seus habitants, no tardaren res en transformar-se en atres tants arbres diferents, diferents en quant a la forma de les seues rames i el color de les seues fulles”.

- El romancium o latín valenciano no desaparecería con la llegada de los árabes a Valencia en el año 714 (dC) ya que se respetaría junto con el resto de manifestaciones culturales y religiosas de los valencianos. Así, el pueblo valenciano volvió a ser bilingüe y, aunque el árabe fuera la lengua oficial, la vitalidad del latín popular se mantuvo en todos los sustratos sociales de los mozárabes (cristianos) valencianos. El historiador Gómez Bayarri dice que
 “la pervivencia de mossaraps (cristianos que hablaban romance valenciano) en terres de Valencia es una costant, inclus despres de les incursions dels almoravits. Estos no serien condicio sine qua non per a la conservacio del romanç autocton valencià evolucionant en les terres valencianes".

Hechas estas puntualizaciones, dejamos claro que la fonética valenciana –que no tiene nada que ver con la catalana- procede originariamente del íbero valenciano y que sobrevivió a su fusión con el latín y luego a la del latín con el árabe. En segundo lugar. La teoría catalanista de que los árabes arrasaron el latín o romancium para imponer socialmente su lengua es, simplemente, mentira. La comunidad cristiana bajo el islam o mozarabía mantuvo su cultura,

religión y lengua durante cinco siglos hasta la reconquista y la llegada en 1238 de Jaime I. La lengua hablada por los mozárabes  valencianos era la lengua latina con la que se comunicaban, oían misa, hablaban y escribían. Era un latín arabizado con una fonética de sustrato íbero que los valencianos llamaban “romanç valenciá” por ser la lengua de la sociedad mozárabe valenciana.

MÁS TESTIMONIOS:

1.- La fuerza y vitalidad del “romanç valenciá” o valenciano antes de la llegada de Jaime I era de tal importancia que los poetas moros de finales y principios de milenio (siglo IX, X y XI –aún faltaban dos siglos para la llegada de Jaime I) se quejaban de la pérdida de su árabe culto al tener que convivir con la mozarabía. El poeta moro de Denia, Ibn Sida (1007-1066) escribe en el prologo del “Kitab al-Muhassas”
 :“¿Y cómo no he de cometerlos yo [los errores] en tiempos tan alejados [de cuando el árabe se hablaba con pureza] y teniendo que vivir con personas que hablan romance?” Ese romance no es otro idioma que la lengua valenciana.

2.- Cuando se produce la conquista del Reino de Valencia por Jaime I en 1238 –aparte de los documentos escritos en valenciano incluso por los poetas moros (las jarchas moras estan en valenciano)- los primeros testimonios de la presencia del valenciano antes de la conquista son los Fori Antiqui Valentiae, Fueros otorgados a la Ciudad y Reino de Valencia por el rey Jaime I, redactados inicialmente en latín entre 1239 y 1240, y que recogen numerosas palabras en valenciano pues las leyes se dan para el pueblo que deben regir, incorporándose a los Fueros acepciones populares valencianas como: cequia, faneque, farina, carniceria, arroba, sucre, borra, pel, botes, drap, regalicia, regnes, ploma, etc.

La exigencia social de la comprensión del contenido de los Fueros produjo la necesidad de su traducción a la lengua vulgar del pueblo al que iba destinado. Así, en un privilegio del 11 de abril de 1261 concedido por Jaime I, consta la celebración en Valencia de unas Cortes Generales que aprobaron la traducción general de los Fueros y Costumbres del latín al valenciano, traducción que, parece ser, se realizó en Valencia o Benifassà por tres sabios o Juristas letrados: Guillem, Vidal y Bernardo, convirtiendonse los Fori Antiqui Valentiae en Els Furs, en cuya redacción, tomó parte activa el rey Jaime I: "est fur arromança lo Senyor Rey", y en ellos se reitera la utilización del romance por parte del pueblo valenciano. "Los jutges en romanç diguen les sentencies...", "Metges axi fisichs com cirurgians les receptes que ditaran hajen a dictar en romanç declarant lo nom de les herbes en lur nom comu, e vulgar". Lógicas indicaciones por parte de los Fueros hacia los médicos, jueces y cirujanos para que los pacientes y acusados valencianos entendieran las recetas y sentencias en su propia lengua que no era otra que el “romanç valenciá” o “llengua valenciana”.

¿De dónde cabe concluir que nos trajeron el catalán las escasas tropas (600 soldados iletrados mayoritariamente) provenientes de la Marca Hispánica y sus condados –todavía súbditos franceses hasta 1258- a una población, la valenciana, cercana a los 200 mil habitantes mucho más culta, rica y numerosa? ¿En qué cabeza cabe que 600 soldados nos enseñaran su “romance” en tan pocos años y que Jaime I se refiriera a un inexistente “catalán” cuando nos entregó los Fueros “arromançados” “ad linguam planam”?

Jaime I, además de incorporar a los Fueros muchas palabras valencianas definidoras de actividades, profesiones y lugares de nuestro Reino, cuando pide que se traduzcan al Romance o a la lengua llana o plana no puede estar refiriéndose al catalán por estas razones:

1.- El catalán no existía como tal. Los condados de la antigua Marca Hispánica francesa hablaban un romance derivado del latín con muchas aportaciones occitano-francesas que carecía de estructura, literatura, nombre y regulación alguna.

2.- Jaime I no puede referirse al catalán cuando dice que sean
 “arromançados” sus fueros “ad linguam planam” para que lo entiendan los valencianos cuando los Fueros son dados de inmediato a la conquista. ¿Tan pronto nos enseñaros “catalán” los 600 soldados franceses que no sabían ni qué idioma hablaban ellos?

3.- Las jarchas moras y lo poetas moros y cristianos constatan la existencia de la lengua valenciana anterior en cientos de años a la llegada de Jaime I sostenida y mimada por la mozarabía valenciana que era bilingüe y hablaba árabe y valenciano. Es la literatura en
 “romanç valenciá” mucho antes de la reconquista y de la llegada de soldado alguno proveniente de una Cataluña aún inexistente.

4.- Nunca 600 soldados de fortuna hubieren podido “catalanizar” a la rica, culta y bilingüe sociedad valenciana que estaba a punto, casi de inmediato a la conquista, de dar a la península el primer siglo de Oro de las lenguas neolatinas: El Siglo de Oro de la Lengua Valenciana.


COMENTARIO A LA FOTO QUE ILUSTRA ESTE ARTÍCULO: 

ELS FURS DEL REGNE DE VALENCIA. Porque en 1238, cuando se redactó el Costum de Valencia -el nuevo código jurídico para la ciudad de Valencia que a partir de 1261 se transformaría oficialmente en los Furs de Valencia-, ninguno de los reinos o territorios de la península ibérica (Portugal, la corona formada por los reinos de Castilla y de León, Navarra, Aragón, Mallorca, la Casa Comtal de Barcelona feudataria del Rey de Francia o Granada) tenía códigos legislativos extensos de aplicación a todo su territorio. "Se regían -explica Garcia Edo- por fueros locales de mayor o menor extensión territorial, así como por la legislación puntual de carácter local promulgada por reyes y señores laicos o eclesiásticos", así como por las leyes visigóticas para aspectos cotidianos o por la justicia del rey. En cambio, el Regne de València consiguió en 1238 el primer derecho territorial de la península ibérica: es decir, un código jurídico para todo el reino, no unas leyes para cada ciudad. Aragón tendría sus fueros en 1247; Navarra en 1250; Castilla en 1255; y Cataluña en 1284. Fue el segundo texto legislativo extenso más tempranero de Europa, tras las Constituciones de Sicilia de 1231.

Cuando se produce la Conquista del Reino de Valencia por Jaime I en 1238 –aparte de los documentos escritos en valenciano incluso por los poetas moros (las jarchas moras estan en valenciano)- los primeros testimonios de la presencia del valenciano antes de la conquista son los Fori Antiqui Valentiae, Fueros otorgados a la Ciudad y Reino de Valencia por el rey Jaime I, redactados inicialmente en latín entre 1239 y 1240, y que recogen numerosas palabras en valenciano pues las leyes se dan para el pueblo que deben regir, incorporándose a los Fueros acepciones populares valencianas como: cequia, faneque, farina, carniceria, arroba, sucre, borra, pel, botes, drap, regalicia, regnes, ploma, etc.

La exigencia social de la comprensión del contenido de los Fueros, produjo la necesidad de su traducción a la lengua vulgar del pueblo al que iba destinado. Así, en un privilegio del 11 de abril de 1261 concedido por Jaime I, consta la celebración en Valencia de unas Cortes Generales que aprobaron la traducción general de los Fueros y Costumbres del latín al valenciano, traducción que, parece ser, se realizó en Valencia o Benifassà por tres sabios o Juristas letrados: Guillem, Vidal y Bernardo, convirtiendonse los Fori Antiqui Valentiae en Els Furs, en cuya redacción, tomó parte activa el rey Jaime I

Como he dicho, hasta 111 veces insiste el Rey en la redacción valenciana de los fueros de la constancia de su traducción al romance mozárabe valenciano, y lo hace con diferentes expresiones que por su belleza y significación quiero resaltar:

“Aquest fur arromançà lo senyor Rey”. [1.11.4] 
“Aquest fur declarà e arromançà lo senyor Rey”. [2.1.1]
“Aquest fur cresch e romançà lo senyor Rey”. [2.10.2] 
“Aquest fur declarà e adobà e romançà lo senyor Rey”. [3.8.1]
“Aquest fur mellorà e romançà lo senyor Rey”. [3.16.1] 
“Aquest fur esplanà e romançà lo senyor Rey”. [3.21.4] 
“Aquest fur esmenà e romançà lo senyor Rey”. [4.3.3]
“En aquest fur enadí e romançà lo senyor Rey”. [4.4.12] 
“Aquest fur adobà e romançà lo senyor Rey”. [4.4.15] 
“Aquest fur mellorà e esplanà e romançà lo senyor Rey”. [7.4.1] 
“Aquest fur millorà e romançà lo senyor Rey”. [8.8.21]

La necesidad de que el nuevo fuero real sea entendido por los ciudadanos del Reino de Valencia hace que sea traducido al romance valenciano popular y plano. El Rey insiste en los fueros que “Los jutges en romanç diguen les sentències que donaran, e donen aquelles sentències escrites a les parts que les demanaran”. [7.2.2]

“Aquela cosa que.ls advocats diran en pleit denant lo jutge e presents les parts o.ls procuradors d'aqueles e planament en romanç, aytant valle com si o dehien aquels dels quals seran advocats”. [2.6.2]




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