miércoles, 4 de septiembre de 2013

Tenía cáncer y lo enviaron al psiquiatra

CONDENA | Servicio Gallego de Salud

Galicia debe indemnizar a la viuda de un paciente con cáncer al que enviaron al psiquiatra

  • La médica de cabecera recetó mediación para la tos y no pidió pruebas
  • El volante para Psiquiatría especifica que se deriva por 'manipulación'
  • Cuando recibió atención ya tenía cáncer pulmonar con metástasis irreversible
  • El perito señala que una simple radiografía diagnosticaría la enfermedad
  • La sentencia ordena pagar 25.000 euros a su viuda, pero ha fallecido
El Servicio Gallego de Salud deberá indemnizar con 25.000 euros a la familia de un paciente que falleció a los 78 años por un avanzado cáncer de pulmón después de que la médica de cabecera que le atendía le diagnosticase una patología psiquiátrica. La doctora le pautó medicación para la tos, no le realizó ninguna prueba complementaria ni le derivó al especialista correspondiente.
La sentencia dictada por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo numero 2 de Santiago de Compostela concluye que en el diagnóstico y tratamiento de este paciente se dio una "pérdida de oportunidad terapéutica" al haber sido diagnosticado con retraso de la enfermedad que padecía.
La indemnización fijada debería ser abonada a su viuda, pero, según ha podido saber ELMUNDO.es, la mujer falleció mientras aguardaba a que el caso se resolviese, de modo que pasará a los hijos del paciente fallecido. Hasta el momento, la sentencia no ha sido recurrida, pero todavía no ha expirado el plazo para hacerlo.
Según consta en la sentencia, la médica de cabecera del paciente le vio en una consulta, no detectó la posibilidad de que pudiese tener alguna patología pulmonar grave y le recetó medicación para la tos. Tiempo después, acabó derivándole al especialista en psiquiatría señalando en el volante que el hombre tenía "cónyuge manipulador".
El abogado de la familia, Cipriano Castreje, ha explicado que esta derivación a psiquiatría se justificó porque la esposa del paciente "reclamaba constantemente por el empeoramiento progresivo de su esposo, dado el grave deterioro de sus facultades cognitivas". En opinión del letrado, "resulta escandaloso" que se hubiese especificado las supuestas tendencias "manipuladoras" de la esposa en el citado volante tan sólo porque se preocupaba por la salud de un paciente que el tiempo confirmaría que "necesitaba otra atención".

Ya era irreversible

El caso lo ha dado a conocer este martes la asociación El Defensor del Paciente, de la que es abogado Cipriano Castreje. Desde el colectivo valoran que la médico de cabecera "erró de forma evidente en el diagnóstico y tratamiento" y cometió un error "grave" al entender que su cónyuge le manipulaba.
La sentencia recoge que durante bastante tiempo, la médica de cabecera pautó únicamente "medicación para la tos persistente" a este paciente y acabó dándole el volante para Psiquiatría tras las quejas reiteradas de su esposa del paciente.
La mujer, que por aquel entonces tenía 75 años, entendía que su marido no tenía ninguna alteración psiquiátrica y le llevó directamente al hospital. Entraron por urgencias y allí, según recoge su expediente médico, se le sometió a una "exhaustiva y protocolizada anamnesis" y se confirmó undiagnóstico de cáncer de pulmón que ya estaba en un estadio IV.
Cuando finalmente fue diagnosticado, el paciente ya tenía metástasis cerebral y fue derivado al centro Oncológico de Galicia, pero la enfermedad estaba tan avanzada que sólo pudo recibir tratamiento paliativo. Al respecto, el perito judicial cuya valoración consta en el sumario señaló que "se enfocó mal" el problema al ser tratado como psiquiátrico y que la enfermedad fue diagnosticada "con considerable retraso" y cuando la evolución de la misma ya era irreversible.

Bastaría una radiografía para detectarlo

Cipriano Castreje ha indicado que la víctima en este caso es M.M.M., vecino de la localidad de Monforte de Lemos (Lugo), y su esposa denunciaron primero por la vía penal, pero el juez entendió que no había delito y el caso acabó en un juzgado contencioso-administrativo que falló a favor de la familia.
El letrado indica que "lamentablemente este tipo de casos de pérdida de oportunidad terapéutica son muy frecuentes", aunque en la mayoría de las denuncias que lleva suelen deberse a listas de espera para atender al paciente.
En su opinión, "de una vez por todas, debe desterrarse la teoría de la pérdida de oportunidad dado que es una patente de corso para que se reduzcan sustancialmente las indemnizaciones de los pacientes". De esta situación en concreto, insiste en la "gravedad" del error diagnóstico, pues debería haberse tenido en cuenta, al menos, que era un ex fumador de 30 años de consumo de tabaco y tenía una tos persistente que no cedía al tratamiento habitual.
Además, cita al perito judicial del caso y señala que "una simple radiografía de tórax hubiera bastado para descartarlo ante los primeros signos y síntomas".

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