lunes, 29 de abril de 2013

Indemnizado por la ansiedad que le causaron facturas falsas de móvil


VALENCIA

Indemnizado por la ansiedad que le causaron facturas falsas de móvil

La juez concede 3.000 euros al cliente, que llegó a recibir avisos de pago de hasta 170.000 euros por el uso de internet 


¿Quién no ha tenido en alguna ocasión una sorpresa con su factura de teléfono móvil? ¿Un cargo inesperado? ¿Un importe que no se ajusta al consumo de línea? ¿Servicios que se incluyen pese a que no estaban contratados? Estas incidencias, lejos de constituir una excepción, suelen ser frecuentes para un buen número de usuarios de líneas de teléfono móvil.

Un juzgado de Valencia ha concedido una indemnización de 3.000 euros a un hombre por la ansiedad causada al recibir facturas de teléfono desorbitadas por parte de Vodafone.
El perjudicado, Rafael Llácer, disponía de tres líneas en el verano de 2010 que usaba sin mayores problemas. La sorpresa -desagradable, claro- llegó en septiembre. La factura de aquel mes fue de órdago: 30.800 euros.
La mayor parte de este importe se debía esencialmente al uso de internet, según le explicaron desde la compañía. Todavía era más llamativo el error porque la empresa ofrecía seis meses de uso gratuito, pero es que además no se había utilizado. En aquellas fechas no era tan habitual disponer de internet en el móvil. Algo que ahora incorporan la mayoría de terminales.
En octubre, Llácer recibe un nuevo mensaje de su compañía en el móvil: le reclamaban 174.000 euros. La empresa, en un principio, se disculpó. Pero luego se desentendió y le incluyeron en el registro de morosos. El afectado presentó una denuncia que finalmente quedó archivada porque los hechos no constituyen delito. No obstante, en la vía civil el afectado sí ha encontrado una reparación al daño sufrido, facilitada todavía más al no presentarse la demandada al juicio.
La sentencia del juzgado de Primera Instancia número 4 explica que la sorpresa que causó la llegada de estos pagos «agravó» su estado anímico y dificultó la recuperación de la ansiedad que ya padecía.
El fallo reconoce que el reclamante no justifica por qué establece que el daño causado equivale a 3.000 euros, pero admite que se podría establecer para la indemnización el baremo previsto en los accidentes de tráfico, que fija unos 28 euros por días no impeditivo. De esta forma, suma las jornadas en las que estuvo en tratamiento el cliente de telefonía y se obtiene la cifra de la indemnización.
La sentencia obliga también a la compañía a retirar al consumidor de cualquier lista de morosos o impagos en la que se le hubiera inscrito a raíz de las supuestas deudas que mantenía con la operadora.

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